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Centenario de la creación de la F.U.F.

FEDERACIÓN URUGUAYA DE FOOTBALL ("F.U.F.")
CENTENARIO -de su creación

ÍNDICE

Prólogo
Capítulo I : CAUSAS
Cisma en el fútbol argentino
Lucha interna en el Partido Colorado
Decisión soberana del C.A.P.
Decisión en AUF-se inicia el denominado Cisma- (Oportunismo del CNdeF)
De principios e ideales

Capítulo II : SU IMPORTANCIA
Clubes y dirigentes
Trascendencia posterior
Reconocimiento a través del Laudo Arbitral
Reconocimientos internacionales

Capítulo III : LOS CAMPEONES
Sus recorridos : Atlético Wanderers
Club Atlético Peñarol

Capítulo IV : LAUDO SERRATO
Texto
Su alcance y plena validez
Acerca de la numeración de cada campeonato
Historia futbolística comparada - Asociación del Fútbol Argentino (AFA)
________________________________________
Llamadas
Nota: Por economía en lectura, se utilizarán las siglas de cada asociación que se mencione luego de citársele con el nombre completo en la primera oportunidad.

 

PRÓLOGO


El presente se hizo para conmemorar el Centenario de la creación de la FEDERACIÓN URUGUAYA DE FOOTBALL ("F.U.F.") ocurrido el 15 de noviembre de 1922.

No es un trabajo exhaustivo acerca de la "F.U.F.", no lo consideramos necesario para esta finalidad, sino un resumen con fines de información general sobre la misma y sobre el Laudo Serrato que concluyó con la fusión integral de dicha Federación con la Asociación resultante del Cisma. Cisma éste que motivó el arbitraje a cargo del Presidente de la República, así como a las consecuencias emanadas de dicho Laudo.

Se tratará de basar muchas de las afirmaciones en base a textos oficiales de la actual Asociación Uruguaya de Fútbol ("AUF"), caso del Libro "100 Años de Gloria - La Verdadera Historia del Fútbol Uruguayo", editado en el 2000 por "El País"; libro que fuera obsequiado por la AUF a través de su Presidente y Secretario general al Presidente de FIFA, Sr. Gianni Infantino, en ocasión de la visita de éste; y de otros organismos, para aventar dudas de parcialidad.

He encarado esta tarea con la colaboración de los historiadores Sres. Richard Gutiérrez, Eduardo Cicala, Bruno Mazza y Roberto Cazalás, y el apoyo de los demás miembros de la Comisión de Historia.

Esc. Daniel Quintana Pérez
Coordinador general de la Comisión
de Historia y Patrimonio histórico
del Club Atlético Peñarol


Capítulo I : CAUSAS


Cisma en el fútbol argentino
Según el precitado Libro oficial de la AUF "100 Años de Gloria", en pág. 58 subtitula: "El CISMA ARGENTINO REPERCUTE EN MONTEVIDEO" y expresa "En 1919 a raíz de una serie de conflictos surgidos, primero, con el descenso de Ferrocarril Oeste, luego con la campaña de Vélez Sarsfield en Intermedia y finalmente con la designación de los representantes de cada club ante el Consejo y Comisión Divisional de la Asociación Argentina de Football (AAF) se quitó la afiliación a Estudiantil Porteño, Independiente, Platense, Racing, River y Tigre, considerados los clubes rebeldes. La decisión originó mayor división y, a los procos días, Atlanta, Defensores de Belgrano, Estudiantes de Buenos Aires, Gimnasia y Esgrima La Plata, San Isidro, San Lorenzo, Sportivo Barracas y Vélez se solidarizaron con los desafiliados, siendo expulsados por la AAF que perdía a 13 de sus integrantes. Sólo 6 clubes (Boca Jrs., Estudiantes de La Plata, Eureka, Huracán, Porteño y Sportivo Almagro) se mantuvieron fieles a los principios de la Asociación. El 23 de setiembre de 1919 los clubes apartados de la Asociación Argentina fundaron la Asociación Amateurs. Había nacido el segundo cisma del fútbol vecino." 

Lucha interna en el Partido Colorado

"El cisma, por otra parte, también se constituye en el escenario donde se desenvuelven los enfrentamientos internos que vivía el poderoso Partido Colorado, entre quienes pertenecían al sector que lideraba José Batlle y Ordóñez y aquéllos que, habiendo surgido en su entorno, se alejaron de él para combatirlo y marcar el propio perfil" (pág. 62 del prenombrado libro oficial de la AUF ). 

Tanto fue el Cisma resultado de esa lucha interna, que por ejemplo don César Batlle Pacheco, que presidiera a Peñarol en 1919, votó a favor de la desafiliación de su propio Club siendo Vicepresidente de la AUF.

Decisión soberana del Club Atlético Peñarol (CAP).
Su Asamblea de Socios fue decisiva en los hechos de 1922, veamos que se dice al respecto en el recién mencionado libro conmemorativo de AUF, pág. 61: "Al retornar de la vecina orilla, el 7 de noviembre, la asamblea de socios de Peñarol votó por aclamación una moción que establecía "no jugar directamente con la Asociación Argentina ni prestar los jugadores a la AUF para disputar con ella; concretar amistosos con la Asociación Amateurs, por ser la expresión legítima y prestigiosa del fútbol argentino, presidida por el Dr. Adrián Bécar Varela; cumplir los compromisos con la AUF dentro de una gran armonía fundamental de intereses, que el Club Atlético Peñarol aspira a conservar patrióticamente". 

Es importante también conocer la preocupación que desde tiempo antes existía en Peñarol acerca de cómo se estaban encarando situaciones que ocurrían internacionalmente, especialmente en el fútbol argentino (véase *1).

Decisión en AUF -se inicia el denominado Cisma (Oportunismo del Club Nacional de Football)-
Iremos un poco hacia atrás. Ante las desavenencias con la Asociación Argentina de Football (AAF) y el trato descortés de ésta (véase información al respecto al final del punto "Principios e ideales"), se toma por mayoría una primera decisión, liderada por el Club Nacional de Football ("CNdeF"), el 26 de octubre de 1920 por la cual se prescinde de intervenir en el conflicto argentino.

Ya en 1922, vamos a lo que expresa el libro "Héctor Gómez - Un hombre de acción", Atilio Garrido, Ediciones de la AUF, 2016, pág. 220: "...Luego, la AAF propuso la disputa de un partido internacional por la Copa Lipton, el 12 de noviembre, en Montevideo. Este importante trofeo, debido a las malas relaciones, no se ponía en juego desde 1919. Esta política de acercamiento con la AUF liderada por Nacional, generó la reacción de los "amateurs". Racing e Independiente invitaron a Peñarol y a Central para jugar dos partidos internacionales en la misma fecha. Una vez más, la propuesta replanteó en la AUF el conflicto argentino y la posición a adoptar. Durante tres extensas reuniones analizaron el tema. El 31 de octubre de 1922, por mayoría, se resolvió "1º) Reanudar las relaciones con la Asociación Argentina de Football, única autoridad en su país reconocida por la Federación de Amsterdam. 2º) Declara que no se concede las autorizaciones solicitadas por los clubes Peñarol y Central, por tener carácter antirreglamentario."

Es entonces que la Asamblea de Socios de Peñarol resuelve lo ya transcripto en el punto precedente.

La AUF a eso resolvió (pág. 221 del libro recién citado): "advertir a los dos clubs que, en caso de cumplir el deseo de sus asociados, es decir, si juegan ante instituciones de la Asociación de Amateurs, el Consejo les aplicará el art. 7, inciso B) de los Reglamentos." La cita refería a que "la afiliación se pierde por resolución del Consejo de la Asociación adoptada por mayoría absoluta de votos". Dejando de lado la advertencia, los partidos Independiente-Central y Racing-Peñarol se llevaron a cabo."

El CNdeF estaba aprovechando la oportunidad -la coyuntural confluencia de las citadas causas- para tratar de excluir al CAP de la AUF y quedar como único líder de la misma.

A eso, en el párrafo siguiente de esa página se dice: "En la noche del martes 14, la histórica convención de la AUF resolvió por dieciséis votos a favor la desafiliación de Peñarol y de Central. Al día siguiente, ambos clubes fundaron la Federación Uruguaya de Football (FUF), designando una Comisión Provisoria encabezada por el presidente de Peñarol, Julio María Sosa. Nacía el cisma en el Uruguay." 

De principios e ideales.

Se ha intentado tergiversar la realidad histórica, adjudicándole a quienes decidieron la expulsión de Peñarol y de Central el hacerlo por defender principios e ideales puros contra los cuales se habrían rebelado esas dos Instituciones. Del análisis de los hechos históricos la situación resulta incluso lo opuesto. La postura de la conducción de la Asociación Argentina de Football generó una segunda crisis, que el ya citado libro "Héctor Gómez - Un hombre de acción", refleja una de sus consecuencias y evidencia dónde estaban principios e ideales. En efecto, en su pág. 195: bajo el título "La oficial AAF ocasiona la renuncia de Gómez a la CSF", dice: "El 22 de setiembre de 1919, por segunda vez se dividió el fútbol argentino. A diferencia de la anterior escisión (14/06/1912-23/12/1914), el enfrentamiento entre la AAF oficial y "los amateurs" resultó duro y violento. Curiosamente, la intransigencia de la entidad más débil en lo deportivo (la AAF), basada en su afiliación a la FIFA y la CSF, extendió la pugna hasta el 28 de noviembre de 1926. 

El clima de concordia que reinaba en la Confederación cambió bruscamente. En 1921 las sesiones del Congreso del organismo en Buenos Aires, se realizaron en un "biógrafo", con los asientos colmados de aficionados -especie de actuales "Barras bravas"- llevados por la AAF oficial. Anteriormente, por estos motivos, el 24 de setiembre de 1920, en el Congreso de la CSF en Valparaíso, Héctor R. Gómez renunció en forma indeclinable".

Otro dato interesante para apreciar principios e ideales es lo que se expresa en la pág. 198 del libro precitado: que al enviar la AUF carta oficiando mediar la AAF respondió negativamente aduciendo "...el deber de no tolerar actitudes de indisciplina, que significan desconocer todo principio de autoridad y atentan con la vida misma de la Asociación.", dice "... Luego, advertida de su error y buscando legitimar su condición de único organismo oficial rector del fútbol argentino, afiliado a la FIFA y la CSF, la AAF envió una nueva nota a la AUF, invitándola para disputar el domingo 19 de octubre en Buenos Aires, el cotejo por las medallas del Ministerio de Instrucción Pública argentina. El tema generó en la AUF "un debate apasionado", desarrollado sin presencia del periodismo. De todos modos trascendió que, por un lado, los dirigentes de Dublín F.C. y River Plate F.C., quienes se mostraron afines al criterio de competir con combinados y clubes de la AAF y también de los "amateurs", fueron acusados por el club Nacional de mantener contactos previos con los disidentes argentinos para programar actividades...". Se explica (misma página) que Peñarol destacó que el mayor poderío del fútbol argentino radicaba en la asociación "amateur", que Nacional lideró la tesis de sólo competir con la AAF, y que finalmente por mayoría se resolvió aceptar disputar ese partido. Agrega "...Nacional viajó a Buenos Aires para enfrentar a Boca Jrs. -el líder ideológico de la AAF- en un partidos amistoso el 11 de noviembre.". Comentario nuestro: el CNdeF totalmente aferrado a la AAF, sin diálogo alguno.

Y es importante destacar lo que en dicho libro se dice, pág. 199, acerca del sentir y pensar de Héctor R. Gómez: "Su pensamiento, por afinidad con las figuras de los Dres. Ricardo Aldao y Beccar Varela y, también, por su convicción, lo colocaba del lado de los "amateurs". Decimos, el Dr. Aldao, por quien la Copa de la que a veces se habla lleva su nombre, también tenía principios e ideales y había sido excluído por la conducción de la AAF...

En la pág. 201 del mismo libro, un subtítulo expresa: "La AAF y su hostilidad con la AUF" y allí se suministran datos al respecto; y en la pág. 203 se transcribe de "El País" un "copete" de noticia que se inicia con "La intransigencia y la descortesía de la Asociación Argentina..... Porque conceptuamos elocuente de la conducta irrespetuosa y desconsiderada de la Asociación Argentina y porque somos partidarios de que las actitudes como las suyas sean de todos conocidas para que recaiga sobre ellas la sanción de la opinión popular..." Y en pág. 215 del mismo libro, sobre el tema se dice: "Peñarol lideraba la posición de romper relaciones con los argentinos, apoyado por la gran mayoría de la prensa. Surgieron voces de crear otra Confederación Sudamericana integrada por Uruguay, los "amateurs" argentinos, los disidentes paulistas y chilenos...."

Capítulo II : SU IMPORTANCIA

Clubes y dirigentes
No sólo los dos Clubes expulsados unieron voluntades a fin de fundar la nueva asociación reguladora, sino que se sumaron otros que competían en la AUF resultante del Cisma, contándose entre los actualmente existentes a Defensor (hoy "Defensor Sporting"), Cerro (fundado el 1º de diciembre de 1922, iniciando su actividad competitiva en la FUF pocos meses después), Sud América ("I.A.S.A."), Colón, Miramar, Misiones (éstos 2 últimos luego fusionados), Montevideo Wanderers, destacándose de éste la división entre el "Atlético Wanderers" y el "Montevideo Wanderers", y de otros como el "Lito" y "Charley". Incluso llegó a tener más clubes afiliados que los de entonces a la AUF resultante del cisma. 

En cuanto a dirigentes, no sólo estaba el Dr. Julio María Sosa, Presidente del Consejo Nacional de Administración (el otro órgano de un Poder Ejecutivo por entonces bicéfalo) y además de serlo de Peñarol; sino, entre otros, don Héctor Rivadavia Gómez, dirigente de Wanderers (lo presidió de 1915 a 1919), prohombre del fútbol, ideólogo e impulsor de la Confederación Sudamericana de Football (CSF), de la primera Copa América de Selecciones, quien al producirse el Cisma decide escindir de su Club al que llamaron Atlético Wanderers a fin de competir en la FUF, logrando en la misma el Campeonato uruguayo de 1923, siendo uno de los asesores del árbitro Ing. Serrato en representación de la FUF. Tal fue lo impresionante de sus aportes al fútbol uruguayo que el "Consejo Provisorio" (creado por el Laudo Serrato para conducir el fútbol organizado hasta que en 1927 estuviera funcionando la "nueva institución" que se denominaría AUF), decidió dar su nombre al Campeonato uruguayo de 1ª División de 1926 disputado entre todos los Clubes que la integraban conforme al Laudo Serrato (art. 6º lit. A) 

Acerca de don Héctor R. Gómez, extraigamos algún texto. Así en el precitado libro de AUF "100 Años...", pág. 5, dijo el Presidente de la Conmebol: "El fútbol sudamericano, fundado por un ilustre oriental, don Héctor Rivadavia Gómez, cobija en su seno ...", y el entonces Presidente de la AUF, pág. 6: "Correspondió a Uruguay la idea de fundar e impulsar la Confederación Sudamericana de Fútbol y de la Copa América, reconocido hoy con justicia como el primer Campeonato del Mundo que en la historia fue disputado por selecciones." Para información completa sobre su valía e importancia, puede recurrirse al ya mencionado libro "Héctor Gómez - Un hombre de acción".

Acerca del Dr. Julio María Sosa, vayamos a frases del aludido "100 Años ...", pág. 62: "La Federación no era poca cosa. No sólo porque allí estaba Peñarol sino también porque su líder, el Dr. Julio María Sosa, resultaba una figura de tremenda importancia " y más adelante: "Serrato -anticolegialista y enfrentado a Batlle y Ordóñez- y Sosa -éste ya alejado del batllismo a quien pasó a combatir ácidamenteeran, pues, los hombres de mayor poder en el país".

El órgano ejecutivo de la Federación era el Consejo Provisorio, integrado por el prenombrado Julio María Sosa (Presidente), y por Carlos H. Giufra, Luis Borretti, Adolfo Daquó, Juan C. Ranguis, y Juan B. Nogués. 

Trascendencia posterior

Además de las múltiples opiniones en tal sentido surgidas en todo momento y por diversos autores a través de los años y hasta el presente, se tiene lo expuesto claramente en el mencionado libro editado por la AUF con motivo de celebrar su primer Centenario. Así, su Capítulo 4, pág. 61 titula: "El fútbol uruguayo se divide; de la lucha nace la gloria" y en subtítulo "De la crisis surgió la gloria", y expresa: "Analizado desde la perspectiva del paso largo de los años, sin el apasionamiento del momento, el cisma o la división, puede considerarse como el motor que impulsó el momento más glorioso del fútbol uruguayo".

Reconocimiento a través del Laudo Arbitral
El único árbitro designado por todas las partes involucradas, dictó su fallo y estableció en su Art. 18: "Todas las diferencias que se susciten sobre la interpretación del laudo serán sometidas a la definitiva decisión del árbitro que dicta el presente.". Eso sólo corresponde si las partes que se sujetaron al arbitraje estaban en notorio "pie de igualdad". Además, véase "infra" el tema "Absoluto pie de igualdad entre FUF y AUF".

Asimismo e incluso, en un texto en el cual es aplicable, por ser "ley entre las partes" lo dispuesto por el Código Civil acerca de la interpretación de las leyes: "Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu. Pero bien se puede, para interpretar una expresión oscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma o en la historia fidedigna de su sanción. " (art. 17º). Pero también son aplicables otros artículos del Código Civil sobre el tema (*2).

Y es meridianamente claro tanto el texto como el "espíritu" y la "historia fidedigna". Por ende, no cabe en ésto la manida frase "hay dos bibliotecas", y ateniéndonos pues al texto, el árbitro comienza y concluye considerando en absoluto pie de igualdad a la FUF -que no tenía aún 3 años de existencia- y a la AUF, que tenía la misma duración en cuanto a su situación y estado desde el momento de la desafiliación de Peñarol y Central, pese a que algunos de sus dirigentes pretendían hacer valer en el caso los más de 22 años anteriores al Cisma.

Y ello porque la posición deportiva y social de la FUF ameritaba tal pie de igualdad, tanto por la cantidad de clubes que competían dentro de la misma, como por el nivel de los mismos y por la cantidad de aficionados que convocaban a sus partidos.

Reconocimientos internacionales
Nada más alejado de la verdad histórica el calificativo de "liga barrial" a la FUF, que algún malintencionado lanzó y que otros, por ignorancia o por lo que haya sido, han repetido. Ya la propia cantidad de clubes participantes y la importancia de muchos de ellos, vigentes hasta ahora, como las multitudes que asistían a los partidos, y la gran difusión pública de toda su actividad, bastarían para demostrar irrefutablemente lo absurdo de tal calificativo. Pero entendemos conveniente mencionar un aspecto sobre el cual poco o nada se ha dicho: la actividad internacional de la FUF y sus Clubes.

1) La Selección uruguaya de la FUF compitió por ejemplo con la Selección argentina de la Asociación Amateurs de Football (la de mayor potencial de su país, en todo sentido) en al menos 5 matches en menos de 2 años entre 1923 y 1925, 4 de ellos en Argentina (señalados con *), a saber:
08/12/23 3:2* - 10/08/24 0:0* - 31/08/24 2:3 - 16/11/24 1:0* - 01/05/25 0:1* ; (en los resultados van primeros los goles de la FUF), ganando 2, empatando 1 y perdiendo 2, o sea absolutamente competitiva.

Más allá de toda la documentación periodística existente en la época, dándole la debida importancia a tales enfrentamientos, de ello se hizo eco, cuando en su página tenía tales historiales, la propia FIFA. Se adjunta "captura de pantalla" de noviembre de 2020, en la que se aprecian tales 5 partidos.

Nota: por error de inversión de mes y año figura 5 de enero en vez de 1º de mayo, día real del match.


2) Partidos internacionales de sus Clubes, por ejemplo:
A) de Peñarol: con la Selección nacional de Chile, jugado en el Field de Pocitos el 28/11/23, ganando 6:2 por la Copa Ernesto Barros Jarpa; con la Selección cordobesa jugado en Córdoba, Argentina, el 15/08/23, 1:1; con la Selección mendocina, disputado en Mendoza, Argentina, 12/04/25, 5:0; y una profusa cantidad de partidos con clubes argentinos principalmente.
B) de Atlético Wanderers, siendo destacable el disputado el 22 de junio de 1924 en Palermo, Buenos Aires, ante San Lorenzo por el Campeonato Río de la Plata entre Campeones de ambos países, ganando éste 1 a 0 y computándolo, avalado ello por AFA, como su primer título internacional.
3) Presencia de autoridades públicas además de prestigiosas figuras de ambos países, en los partidos disputados por la Selección uruguaya de la FUF y por sus Clubes, en Uruguay y en Argentina, por ejemplo disputándose Copas como la "Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina", "Ministerio de Instrucción Pública de la República O. del Uruguay", etc.
Todo ello demuele totalmente el ridículo calificativo de "liga barrial" y evidencia el porqué aceptó el arbitraje en absoluto pie de igualdad. Se adjuntan imágenes de publicación de la época,

 
(Extraído de Memoria y Balance de la Asociación Amateurs de Football -de Argentina- de 1924)

 

Capítulo III : LOS CAMPEONES

Sus recorridos :

Atlético Wanderers

Partidos oficiales.
En el resultado va primero lo logrado por Atlético Wanderers.
En el Campeonato Uruguayo de 1923 (campeonato también denominado "de Suficiencia" o "de Selección",
porque además determinaba cuáles Clubes en la temporada siguiente continuarían en 1ª División y cuáles
no, en situación similar pues a la del actual "descenso").
1) 06-05-23. Peñarol del Plata 0:1 En Estadio de Pocitos (Preliminarista de Peñarol 2 Colón 0).
2) 13-05-23. Sud América 3:1 En Parque Lugano.
3) 18-05-23. Colón 4:0 En Parque Lugano.
4) 20-05-23. Lito 1:0 En Estadio de Pocitos.
5) 03-06-23. River Plate 3:0 En Parque Lugano.
6) 24-06-23. Peñarol 2:1 En Estadio de Pocitos.
7) 08-07-23. Triumph Jrs. 1:1 En Field de Triumph Jrs. (en Colón).
8) 14-07-23. Central 2:0 En Estadio de Pocitos.
9) 22-07-23. Charley 2:0 En Estadio de Pocitos (Preliminar de Peñarol 8 Roland Moor 0).
10) 05-08-23. San Carlos Taurino 3:0 En Field de Las Acacias.
11) 12-08-23. Rosarino Central 3:1 En Estadio de Pocitos.
12) 19-08-23. Las Piedras 1:0 En Parque Lugano.
13) 16-09-23. Sp. Miramar 1:0 En Estadio de Pocitos.
14) 21-09-23. Defensor 1:0 En Estadio de Pocitos.
15) 23-09-23. Treinta y Tres 2:0 En Estadio de Pocitos.
16) 12-10-23. Solferino 3:0 En Estadio de Pocitos.
17) 21-10-23. Roland Moor 2:0 En Parque Lugano.
18) 28-10-23. Misiones 2:0 En Estadio de Pocitos.
19) 02-11-23. Bequeló 2:0 En Estadio de Pocitos.
20) 02-12-23. Reformers W.O. - Aus. En Parque Fraternidad.
21) 16-11-23. Livingstone 5:0 En Estadio de Pocitos.
22) 23-11-23. Uruguayo 1:0 En Parque Lugano.
23) 30-11-23. Oriental Pocitos 3:1 En Las Acacias.
24) Vencedor ante Sp. Aguada (retirado)
25) Venc. ante Firestone (retirado)
26) Venc. ante Uruguay For Ever (retirado)
27) 10-01-24. Miguelete 3:1 En Parque Lugano.
28) 13-01-24. Olimpia 0:0 En Parque Lugano.
29) 24-01-24. Belvedere 3:1 En Parque Lugano.
30) 27-01-24. Roberto Chery 6:0 En Parque Lugano.
31) 03-02-24. Sayago 2:0. (Campeón) En Parque Dallegri.

Campaña: Primero con 31 partidos jugados, 28 victorias, 2 empates, 1 derrota, 62 goles a favor y 8 en
contra. Superó por un punto a Peñarol.

Nota: En esta campaña y en la de 1924 siguiente, pueden haber ligeras diferencias estadísticas, por
corresponder a fuentes distintas, con imágenes "infra", que son irrelevantes en cuanto a resultados
deportivos y respecto al propósito del presente.

Vitrina existente en la Sede del Montevideo Wanderers F. C.

El Plata 08/02/1924


Club Atlético Peñarol

En el resultado va primero lo logrado por Peñarol.
11-05-24. Charley 3:1 Camp. Urug. F.U.F. En Estadio de Pocitos.
18-05-24. Colón 0:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
25-05-24. Defensor 7:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
01-06-24. Roberto Chery 1:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
08-06-24. Sud América 2:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
19-06-24. Peñarol del Plata 1:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
22-06-24. Rosarino Central 3:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
29-06-24. Solferino 3:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
06-07-24. Central 4:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
13-07-24. Las Piedras 4:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
27-07-24. Misiones 1:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
17-08-24. Lito 3:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
7-09-24. Roland Moor 1:0 Camp. Urug. En Field de R. Moor, Barrio Peñarol.
14-09-24. Wanderers 0:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
05-10-24. Olimpia 0:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
19-10-24. Uruguayo 3:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
26-10-24. Charley 4:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
09-11-24. Defensor 3:3 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
23-11-24. Sud América 4:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
07-12-24. Peñarol del Plata 3:0 Camp. Urug. En Parque Dallegri.
14-12-24. Rosarino Central 3:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
21-12-24. Solferino 1:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
28-12-24. Central 3:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
08-03-25. Las Piedras 2:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
15-03-25. Roland Moor 5:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
22-03-25. Misiones 3:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
26-04-25. Colón 4:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
03-05-25. Roberto Chery 10:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
17-05-25. Wanderers 1:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
24-05-25. Olimpia 1:0 (Campeón) Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
31-05-25. Lito 1:1 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.
07-06-25. Uruguayo 2:0 Camp. Urug. En Estadio de Pocitos.

Campaña: 32 partidos jugados, 26 triunfos, 5 empates, 1 derrota, 86 goles a favor y sólo 13 en contra.

 

La Tribuna Popular 12/06/1925 La Tribuna Popular 14/06/1925

 

El Plata 08/06/1925 El Diario 08/06/1925


Capítulo IV : LAUDO SERRATO
TEXTO:
(Extraído del ejemplar del diario La Razón del 9 de octubre de 1925 -negrita nuestra-)

"El Presidente de la República hizo entrega esta tarde de su fallo arbitral

TEXTO INTEGRO DEL DOCUMENTO

Como estaba anunciado, esta tarde a las 14 horas se reunieron en el despacho de la Casa de Gobierno el
Presidente de la Federación Uruguaya Dr. Raúl Jude y el vice de la Asociación Uruguaya César Batlle
Pacheco, quienes recibieron del Primer Magistrado el laudo arbitral, cuyo texto íntegro es el siguiente:

"Después de mantenerse durante tres años el cisma que dividió al football nacional y no habiendo
llegado a buen término sucesivas y plausibles iniciativas tendientes a restablecer la unidad y armonía
desaparecidas, una digna representación de la prensa de Montevideo me hizo el honor de reclamar mi
intervención para realizar aquella obra de acercamiento.

A pesar de las evidentes dificultades ofrecidas por el problema que debía solucionarse, consideré que
no podía rehusarme a aceptar este cometido, dado que la difusión del football en la República lo había
convertido en un deporte nacional, cuyo desarrollo es útil para cultivar las virtudes viriles de la raza, al
propio tiempo que proporciona para el pueblo un espectáculo agradable, sano y honesto.

Pero era preciso que la misión que por tales razones aceptaba, no fuera un intento más destinado a
frustrarse como tantos otros, para alcanzar una verdadera eficacia necesitábase llenar ciertos requisitos, que
desde luego formulé precisa y claramente, como condición de mi intervención.

Comprendiendo mi finalidad, y depositando en mí una confianza que me honra, las dos instituciones
dirigentes manifestaron en forma oficial y directa, que veían complacidas mi intervención, que aceptarían
con carácter inapelable el fallo que dictara, y que designarían , como designaron, cada una, igual número
de personas neutrales de las que elegiría las que habrían de prestarme asesoramiento.

Luego de recibir las memorias de cada uno de los institutos, inicié la labor, con el concurso de los
señores: Dr. Juan Blengio Rocca, Héctor R. Gómez, Dr. Francisco Ghigliani, Carlos Sturzzeneger, Dr. Félix
Polleri, Héctor A. Gerona, Juan Gorlero, Dr. M. Martínez Pueta, Alfredo Le Bas y Alvaro Saralegui.

Tan dignos asesores me prestaron una preciosa colaboración, que valoro en toda su importancia y por
la que dejo, en esta oportunidad, constancia expresa de mi reconocimiento. Son aquellos, nombres
tradicionales dentro del football nacional, vinculados a todos sus progresos y agregan, hoy, este nuevo y
señalado servicio a los muchos ya prestados.

Con ese eficiente asesoramiento he gestado el fallo que ahora vengo a dictar.

El primer principio que lo orienta es el de la fusión integral, única fórmula capaz de hacer
desaparecer por completo la posibilidad de nuevos o futuros antagonismos que hagan peligrar la unión que
después de tanto trabajo se ha logrado.

Partiendo de tal base, reputada imprescindible, era forzoso llegar a la limitación del número de clubs
integrantes de las divisiones superiores, limitación impuesta por razones de índole primordialmente
deportiva y luego material. Primordialmente deportiva, por cuanto es el medio de asegurar un alto nivel de
capacidad técnica para los teams de primeras divisiones, favoreciendo al propio deporte y mejorando la
calidad del espectáculo.

El procedimiento para la constitución de las divisiones debía inspirarse no solo en consideraciones
de equidad sino, también, de conveniencia en que una inmediata organización de campeonatos consolidara
la obra fusionista así como en que fuera la preponderancia de los valores deportivos la que determinase la
composición definitiva.

Lo relativo a los fondos, debía solucionarse en forma tal que ello hallarán un destino justo y útil y
que fuera, también, un nuevo factor que hiciera perdurar en el futuro la unión tan vivamente deseada. Por
otra parte, con la construcción del field oficial a que habrá de aplicarse, se dará satisfacción a viejas
aspiraciones, cumpliéndose con disposiciones que eran ya reglamentarios, y con ello, asimismo, habrá de
beneficiarse la ciudad.

El cese de las autoridades de ambas instituciones imponía la determinación del cuerpo dirigente del
football nacional en una forma que asegurara de la mejor manera, el cumplimiento del fallo, y que fuera
una absoluta garantía para todos.

Nada podía contemplar más ampliamente esos fines, como la constitución de un Consejo Provisorio,
integrado por las mismas personas que habíanme asesorado. Estimé que para las instituciones que las habían
designado, no podría encontrarse una garantía mejor de competencia, de ecuanimidad y de imparcialidad.
Además de los motivos de conveniencia, desde el punto de vista de las relaciones internacionales,
otros de justicia y el propósito de que se afirme toda una tradición, aconsejaban la conservación del nombre
de Asociación de Football, y así lo establezco.

No debía olvidar lo relativo a las Ligas de los Departamentos del interior de la República, de vida tan
próspera, cuyo desenvolvimiento debe ser estimulado con la seguridad de que pronto habrán de
proporcionar jugadores que colaborarán en los triunfos que se alcance en las lides internacionales.
Los conflictos existentes desaparecerán por la acción que yo sé que ha de ser inteligente, del Consejo
Provisorio.

Sólo agregaré la expresión de mis deseos y mis votos por que esta obra de unión a la que he aportado
mi concurso sea realmente verdadera, para bien del deporte, que debe ser escuela de educación física y de
caballerosidad, finalidades que solo pueden alcanzarse cuando armónicamente se aunan esfuerzos y
propósitos.

Y CONSIDERANDO los pedidos de la Asociación Uruguaya de Football y de la Federación Uruguaya de
Football y habiéndose cumplido con las condiciones por mi formuladas y aceptadas por esas instituciones,

FALLO

Artículo 1.o - Desde esta fecha cesan las autoridades directivas de la Asociación Uruguaya de Football y
de la Federación Uruguaya de Football, quedando a cargo de la dirección y de los intereses de ambas
instituciones un Consejo Provisorio del Football Nacional, a quien se somete la ejecución de este laudo.

Artículo 2.o - Designo para integrar ese Consejo a los señores: Dr. Juan Blengio Rocca, don Héctor R.
Gómez, doctor Francisco Ghigliani, escribano don Carlos Sturzzeneger, Dr. Félix Polleri, escribano don
Héctor A. Gerona, don Juan M. Gorlero, Dr. M. Martínez Pueta, don Alfredo Le Bas y Alvaro Saralegui.
Las vacantes que se produzcan serán llenadas por el suscripto.

Artículo 3.o - La representación del football nacional íntegra y totalmente asumida por el referido Consejo
Provisorio, lo que deberá hacerse saber a los institutos nacionales e internacionales que corresponda.

Artículo 4.o - El Consejo Provisorio cesará en sus cometidos inmediatamente de reorganizado el football
nacional dentro de las condiciones que se establecen en este laudo, debiendo regirse para su funcionamiento por las cláusulas que este documento contiene, y en todo lo que a ella no se oponga, por los estatutos y reglamentos generales de la Asociación Uruguaya de Football.

Dicho Consejo podrá, si lo considerase necesario, gestionar de los poderes públicos la respectiva personería
jurídica.

Para todo cuanto se refiere a la realización de los campeonatos más adelante determinados, el Consejo
Provisorio podrá designar las comisiones asesoras y ejecutoras que estime necesarias, y a esos campeonatos
especiales se aplicará la disposición del artículo 49 del reglamento de la Asociación Uruguaya de Football,
con excepción del apartado final, correspondiente al 50 o a que él se refiere al fondo de la institución.

Artículo 5.o - La Asociación Uruguaya de Football y la Federación Uruguaya de Football pondrán a
disposición del Consejo Provisorio los fondos de que disponen, sus archivos y demás existencias.
En cuanto al destino y disponibilidad de los fondos, establezco: Que cada institución debe saldar sus deudas
y que el fondo común constituido con el sobrante líquido de las dos entidades, se destine para la
construcción del field oficial, salvo las sumas que el Consejo Provisorio necesite para los gastos que
demande la ejecución del laudo.

Las deudas que tienen pendientes los clubs con la Asociación Uruguaya de Football o con la Federación
Uruguaya de Football serán reconocidas por esos clubs a favor del Consejo Provisorio.

Artículo 6.o - La primera división del organismo que entra a regir el Consejo Provisorio se constituirá de
la siguiente manera:

A) Por los clubs que llenando en la actualidad las prescripciones reglamentarias para ser tenidos por tales,
integraban la primera división de la Asociación Uruguaya de Football en el momento de producirse el cisma
en el año 1922 y que al dictarse este laudo integran la primera división de la Asociación Uruguaya de
Football o de la Federación Uruguaya de Football.

B) Por los clubs que se clasifiquen primeros hasta completar con los indicados en el inciso A el número de
veinte, en un campeonato especial de puntos que se disputará entre los clubs de primera división de ambas
instituciones que reúnan en la actualidad las condiciones reglamentarias para ser tenidos por tales y que al
dictarse este laudo integran la primera división de la Asociación Uruguaya de Football o de la Federación
Uruguaya de Football y no se encuentren en las condiciones de los especificados en el inciso A de este
artículo.

El número de veinte clubs en que se fijan los componentes de la primera división a constituirse, será
transitorio, pues su número definitivo será tan solo "doce".

A este fin, en el Campeonato Uruguayo que se realizará inmediatamente después de constituirse la nueva
Asociación, los cinco clubs que ocupen los cinco últimos puestos descenderán a la división Intermedia, sin
perjuicio de lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento General de la Asociación Uruguaya de Football.

En la División Intermedia ascenderá a la Primera División el club campeón con la salvedad también, de la
disposición antes citada.

Artículo 7.o - La División Intermedia se constituirá de la siguiente manera:

a) Por los clubs que llenando en la actualidad las prescripciones reglamentarias para ser tenidos por tales,
integraban la División Intermedia de la Asociación Uruguaya de Football en el momento de producirse el
cisma en el año 1922 y que al dictarse este laudo integran la División Intermedia de la Asociación Uruguaya
de Football o de la Federación Uruguaya de Football.

b) Por los clubs que se clasifiquen en los seis primeros puestos en un campeonato especial de puntos que
se disputará entre los clubs de la División Intermedia que reúnan en la actualidad las condiciones
reglamentarias para ser tenidos por tales y que integrando la División Intermedia de la Asociación Uruguaya
de Football o de la Federación Uruguaya de Football no se encuentren en las condiciones de lo especificados
en el inciso a) de este artículo.

c) Por los clubs de primera división que habiendo disputado el campeonato especial a que se refiere el
inciso B) del artículo sexto no hayan logrado permanecer en la primera división.

Queda fijado como definitivo el número de "doce" para los club de la división Intermedia cometiéndose, a
este fin, al Consejo Provisorio a que se refiere el artículo primero la facultad de determinar la cantidad de
clubs que descenderán de la División Intermedia a la División de Tercera Extra y los que ascenderán de la
División Intermedia, para llegar a División de Tercera Extra a la aquel número definitivo dentro del más
breve plazo posible.

Artículo 8.o - El año deportivo de 1926 se destinará a la selección necesaria para clasificar a los clubs que
integrarán la primera División y la división Intermedia de la nueva institución.

Artículo 9.o - Desde esta fecha no podrá realizarse ningún partido internacional, ni oficial, ni amistoso,
salvo los que el Consejo Provisorio autorice por la conformidad de ocho votos por lo menos.

Artículo 10.o - Los clubs indicados en el inciso B) de los artículos sexto y séptimo como clasificados para
integrar definitivamente las divisiones primera e intermedia, disputarán durante el referido año de 1926 un
campeonato especial bajo la dirección y contralor del Consejo Provisorio.

Artículo 11.o - Los clubs que se dividieron como consecuencia del cismo y que integran una y otra
institución tendrán un plazo de dos meses para fusionarse.

Si no lo hicieran conservará su situación aquél que ha mantenido sus autoridades, su nombre integralmente
y estatutos, debiendo el otro adoptar distinto nombre con derecho a participar en los Campeonatos a que se
refieren los incisos B de los artículos sexto y séptimo.

Artículo 12.o - En la disputa de los campeonatos de selección a que se refieren los incisos B) de los artículos
sexto y séptimo los jugadores que el primero de Octubre de 1925 integraban cada institución, sólo podrán
hacerlo por el clubs en que estaba inscriptos hasta ese fecha.

Los jugadores que el 1.o de Octubre de 1925 pertenecían a los clubs clasificados por los incisos a) de los
artículos sexto y séptimo no podrán jugar por ninguno de los clubs que intervengan en los campeonatos de
selección a que se refieren los incisos b) de esos mismos artículos.

Artículo 13.o - Realizados los Campeonatos de Selección a que se refieren los incisos b) de los artículos
sexto y séptimo el Consejo Provisorio procederá a constituir la nueva institución que se denominará
"Asociación Uruguaya de Football" la que respetará lo establecido en este laudo sobre el número definitivo
de clubs integrantes de la Primera División y de la División Intermedia y lo dispuesto acerca del destino de
los fondos indicados en el artículo quinto.

Dicha nueva institución deberá introducir en sus estatutos una disposición que establezca que en lo sucesivo
quedará cometida a la Asamblea de Delegados a que se refiere el artículo 18 de los estatutos vigentes de la
Asociación Uruguaya de Football, la facultad que estos le otorgan al Consejo por el inciso b) del artículo
séptimo y que para que la afiliación pueda ser decretada se requiere que así se resuelva por mayoría absoluta
de los miembros que constituyen la Asamblea de Delegados.

Las disposiciones de este artículo podrán ser modificadas si así lo resolvieran las autoridades competentes
de la nueva institución pero, tan solo desde el momento en que la primera división quede definitivamente
constituida con los doce clubs fijados por el artículo sexto.

Artículo 14.o - Mientras dure la gestión del Consejo Provisorio, éste, a los efectos internacionales se
denominará "Consejo de la Asociación Uruguaya de Football".

Artículo 15.o - El Consejo Provisorio tendrá a su cargo la solución de los conflictos existentes en los
diversos departamentos de la República ajustándose para ello a los principios generales que informan el
presente laudo.

Artículo 16.o - El personal para el servicio de secretaría y demás oficinas del Consejo Provisorio será el
mismo que presta servicio en la Asociación Uruguaya de Football y en la Federación Uruguaya de Football
y que también lo prestaba en el momento en que presentaron al árbitro sus respectivas Memorias.

Dicho personal será mantenido mientras no dé mérito a la aplicación de sanciones reglamentarias, en cuyo
caso el Consejo Provisorio tomará las decisiones que las circunstancias impongan.

Artículo 17.o - Si el cumplimiento estricto de algunas claúsulas reglamentarias impidiera a juicio de la
mayoría absoluta del Consejo Provisorio la ejecución del laudo; aquél podrá, previa anuencia del árbitro,
dejar sin efecto los preceptos reglamentarios pertinentes, adoptando las decisiones que más convengan para
la mejor y más pronta realización de los cometidos a su cargo.

Artículo 18.o - Todas las diferencias que se susciten sobre la interpretación del laudo serán sometidas a la
definitiva decisión del árbitro que dicta el presente.

DADO EN MONTEVIDEO a los nueves días del mes de Octubre del año mil novecientos veinticinco en
dos ejemplares de un mismo tenor que entrego uno a la Asociación Uruguaya de Football y otro a la
Federación Uruguaya de Football para su simultáneo conocimiento.

JOSE SERRATO". 

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FUSIÓN: La de las dos asociaciones civiles, no sólo era un propósito, se concretó en el texto del Laudo y
el propio árbitro lo destaca al cierre de la actuación del Consejo Provisorio al cual felicita efusivamente.

El País, Tomo febrero de 1927


Y públicamente se sabía que el propósito era la fusión en igualdad de condiciones. Véase:

 

La Tribuna Popular 16/06/1925 La Tribuna Popular 19/06/1925

Se evidencia en notas periodísticas fechadas con más de 3 meses de anticipación al momento del fallo del
único árbitro (véase las precedentes y de página siguiente), la intención de que hubiera fusión de ambas
asociaciones;
lo que confirma el Laudo agregando el énfasis de calificarla como "integral" (dice "El primer
principio que lo orienta es la fusión integral, única forma de ..." (sic), y la carta del árbitro del 02/02/1927.


SU ALCANCE Y PLENA VALIDEZ
I) ABSOLUTO PIE DE IGUALDAD ENTRE FUF Y AUF - ARGUMENTOS GENERALES
(1) Si hay arbitraje es porque o se pactó en un contrato (o tratado en su caso) como medio para resolver
diferendos entre las partes -que no es el caso- o porque hay dos o más partes -en el caso fueron la FUF y
la AUF- que estando en similar posición de fuerza negocial ante el diferendo, acuerdan someterlo a la
decisión de una o más personas. Si una de las partes está en posición negocial dominante, es harto difícil,
por no decir imposible, que acepte un arbitraje, a lo sumo aceptará una mediación.

El acuerdo -Compromiso arbitral- con el único árbitro -el Presidente de la República Ing. José Serratofue que su fallo -que es denominado "laudo" en un arbitraje- fuera inapelable y de cumplimiento
obligatorio, o sea que todos los clubes de ambas asociaciones quedaron obligados a acatar el Laudo.

  

La Tribuna Popular 28/05/1925 La Tribuna Popular 14/06/1925

(2) Ya se aludió a la real situación de ambas asociaciones, que evidentemente fueron al arbitraje en similar
posición de fuerza negocial. Además, el único árbitro recurrió al asesoramiento de prestigiosas figuras de
ambas asociaciones y por igual.

(3) El único árbitro inició su fallo afirmando que el primer principio del mismo era el de la "fusión integral" (sic)

"FUSIÓN": acción y efecto de unir en una sola 2 o más cosas diferentes.
"INTEGRAL": que comprende todos los elementos o aspectos de algo
(ambas acepciones conforme
a Diccionario RAE)

Por lo tanto, no hubo absorción de una asociación por la otra, nada más alejado de la realidad y del
Laudo que sostener eso. En consecuencia, o valen los títulos obtenidos durante el Cisma en cada una o no
valen en ninguna, y esto último obviamente no es lógico.

(4) El absoluto pie de igualdad antes, en y después del Laudo también se evidencia en cuanto al personal
administrativo que a partir del Laudo tendría el órgano rector del fútbol. Así, en su Art. 16 (véase) equipara
totalmente al personal existente en las dos asociaciones, sin distinción alguna.

(5) Es absolutamente ajeno al laudo pensar que no es posible haya en el mismo año un campeón en cada
una de las asociaciones fusionadas; eso es lo que más se ajusta al espíritu y principios que lo inspiraron
dado que en el texto nada se dice. Lo que está alejado del laudo es pretender que son válidos lo títulos
obtenidos en una de ellas y no en la otra, pues esto no lo dice el texto ni lo permiten los principios ni el
espíritu del laudo ni su "historia fidedigna".

Y no hay impedimento alguno en el laudo ni en lo posteriormente ocurrido para que coexistan como
campeones uruguayos en 1923 y 1924 los de FUF y AUF: y si hubiera habido no dos, sino tres asociaciones
comprendidas en el arbitraje habrían coexistido tres campeones en el mismo año (como ocurre por ejemplo
en el boxeo).

(6) Es una opción válida haber computado, como lo hizo "la nueva institución" consagrada como tal por
el Laudo, como un solo campeonato anual los de 1923 y otro tanto con los de 1924, para numerar los
siguientes.

(7) En estos temas nada tienen que ver FIFA ni CONMEBOL, pues son incuestionablemente del ámbito
de lo que se llama "Derecho Organizativo Interno".
Véase, no se pidió permiso ni intervención alguna a esas entidades supranacionales para someter el
Cisma a arbitraje ni para que aprobaran el Laudo. Tampoco para crear, quitar o modificar campeonatos y
su forma de disputa, ni entonces ni ahora ni nunca -por ejemplo Liga Mayor, Liguilla, Apertura y Clausura,
Intermedio, etc.-, ni para las modificaciones que se anuncian para la próxima temporada, ni para los
mecanismos de clasificación para los torneos organizados por aquéllas.

Siendo pues un tema de exclusivo Derecho Organizativo Interno, es absolutamente irrelevante que una
de las asociaciones estuviera afiliada a FIFA y la otra no. Aquélla se sometió al Laudo voluntariamente y
FIFA nunca tuvo ni debía tener intervención alguna en la organización interna resuelta por el Laudo.

(8) Finalmente, dirigentes, partidarios, prensa y público en general, admitieron el trato como campeones
uruguayos de 1923 al Atlético Wanderers por la FUF y al Club Nacional de Football por la AUF, de 1924
al Club Atlético Peñarol por la FUF y al Club Nacional de Football por la AUF, y de 1926 al Club A.
Peñarol y como Vicecampeón al reunificado Montevideo Wanderers F.C.; pero sobre todo ningún club
objetó el precitado trato de campeones uruguayos para esas temporadas dados por todos a dichos tres clubes.
Si alguno hubiera tenido dudas, hubiera recurrido al mecanismo previsto en el propio Laudo (Art. 18), pero
nadie las tuvo. Mucho tiempo después se pretende tergiversar por unos pocos lo que fue meridianamente
claro para todos al tiempo de los hechos.

(9) Lo antedicho se refuerza aún más con la propia tapa de la edición en imprenta del aludido Laudo,
que circuló adecuadamente -se muestra a continuación- en la cual se evidencia clara e inequívocamente la
fusión en total pie de igualdad, lo cual fue público y notorio y nadie en su momento pidió aclaración alguna
al Árbitro al respecto. Y se reafirma plenamente con editoriales periodísticos de entonces.

(10) Se ha llegado a decir que el Laudo no fue aplicado, que careció de importancia, y otras tan
deplorables como erróneas apreciaciones personales.

Se ha dicho que no hubo tal fusión ni nueva institución en los hechos pues permaneció la misma
personería jurídica de la anterior. Ello, aún siendo cierto lo de la personería jurídica, es una simplificación
pueril; el Laudo se cumplió íntegramente y quienes quedaron encargados de ejecutarlo decidieron actuar
en todo lo posible con economía procedimental (en conformidad con la recomendación del Art. 17º), y así
utilizar la "carcasa" jurídica de la AUF y la fusión fue tal, y por ello se generó la nueva institución con
todos los aludidos clubes en pie de igualdad, no estando prohibido seguir los caminos que con pragmatismo
se transitaron, y se transitaron con la aquiescencia de todos los interesados en el asunto.

Tan eficaz fue el Laudo que no volvió a haber cisma en nuestro fútbol. Intentar no respetarlo ahora, a
casi 100 años de dictado, y cuando se cumplió plenamente, implica no respetar la verdadera y rica historia
del fútbol uruguayo.

II) OTRA RESULTANCIA DEL LAUDO.

(1) Habiendo el Laudo instituído como organismo puente en la reconstrucción de la organización del
fútbol uruguayo al "CONSEJO PROVISORIO" -encargado de armar, de constituír la "nueva institución"
que funcionaría a partir de 1927, confirió a éste plenas facultades -con alguna limitación puesta, como debe
ser, a texto expreso- para la organización del fútbol a partir del Laudo y hasta 1927 en que estuviera
funcionando la "nueva institución" (sic).

Pero sólo le llamó "Consejo de la Asociación Uruguaya de Football" a efectos internacionales, por lo
cual es lógico que la AUF no pueda decir que organizó el campeonato de 1926, pues en ese año no tenía a
su cargo regir la actividad del fútbol en Uruguay. .

Negar la validez del Consejo Provisorio como órgano rector del fútbol organizado en la R. O. del
Uruguay es negar la continuidad del fútbol. Y ello no sólo es falso, es hasta ridículo; y la AUF nunca
consideró que no existió fútbol organizado en 1926, sólo puede decir que no lo organizó, y es así por
acatamiento del Laudo. Cuando la actual AUF festejó sus 100 años consideró que hubo fútbol organizado
en 1926 aunque el organismo no se denominara como a partir de 1927.

(2) Entonces, fue también un asunto de estricto Derecho organizativo interno la disputa en 1926 de un
campeonato entre los clubes comprendidos en el literal "A" del Artículo 6º del Laudo, campeonato no
previsto como obligatorio en el Laudo a diferencia de los demás especiales y obligatorios a fin de clasificar
clubes para 1927 dada la cantidad existente resultante de la fusión integral de ambas asociaciones.

El Consejo Provisorio tenía facultades más que suficientes para organizar durante 1926 el campeonato
obtenido por Peñarol -siendo 2º Wanderers y 3º Nacional que participó entusiastamente del mismo- y
ninguno de los clubes participantes lo hizo bajo protesta formal alguna, ni antes, ni durante ni después.

(3) ¿Porqué para esos clubes hubo el privilegio del Art. 6º literal "A"? Pues porque con buen criterio el
árbitro "congeló la imagen" del listado de clubes que estaban unidos en la misma asociación en 1922 antes
del Cisma, y decidió que esos clubes seguirían en la situación en que se hallaban antes del Cisma; coherente
con los principios de fusión integral y de equidad: volvamos a antes del Cisma y no sometamos a aquellos
clubes a que tengan que competir para acreditar idoneidad para continuar en 1ª División.
Pero claramente los demás clubes incorporados a ambas asociaciones posteriormente al Cisma no
podían ser ignorados; y evidenciando el absoluto pie de igualdad, disputarían todos ellos los torneos
clasificatorios y obtendrían deportivamente para 1927 el status similar al de los clubes existentes en una
misma asociación anteriormente al Cisma.

(4) Se ha especulado con que para haber Campeón uruguayo en 1926 debería haberse jugado una final
entre el campeón de la "Serie A", que lo fue Peñarol, y el campeón de la "Serie B" que fue Bella Vista. Esa
denominación de "series" se hizo a mero título práctico, de simplificación -véase *4 párrafo 3º-, dado que
ese campeonato "serie B" era un torneo "de selección", simplemente clasificatorio para integrar
posteriormente la 1ª División del fútbol organizado. Además, para diferenciar los torneos, es comprensible
se les haya identificado como "Series"y tiene correspondencia lógica que se le haya denominado "Serie A"
al campeonato que disputaron los Clubes que quedaron comprendidos en el literal "A" del Art. 6º del Laudo,
y "Serie B"al que jugaron los incluídos en el literal "B" de dicho artículo 6º.

(5) Acerca del Campeonato de 1ª División organizado por el CONSEJO PROVISORIO en 1926 y
obtenido por el Club Atlético Peñarol, amplíase en *5.

III) ARGUMENTACIÓN ESPECÍFICA sobre los CAMPEONATOS URUGUAYOS OBTENIDOS EN LA F.U.F.EN 1923 Y 1924

Cuando se dice ser Campeón uruguayo se refiere a "Campeonato" y no "Copa", pues ésta -trofeo- bajo la
denominación de "Copa Uruguaya" no se disputó siempre (*3).

1923 - Montevideo Wanderers F. C. (en la Federación "Atlético Wanderers" -reunificados por así
permitirlo expresamente el Laudo Serrato -Art. 11-. Siendo considerado desde siempre como una única
asociación civil fundada el 15 de agosto de 1902, y así figurando en su página oficial, con redacción de su
Historiador, Dr. Manuel Paredes, la obtención de tal Campeonato Uruguayo, y las pertinentes 4 estrellas en
su camiseta).

1924 - Club Atlético Peñarol.

ANÁLISIS JURÍDICO:

Los obtenidos en la FUF en 1923 y 1924 son plenamente válidos como lo son los de iguales años
disputados bajo la otra asociación civil (AUF), dado que el Laudo Serrato fusionó integralmente (véase
ítem I, num. 3, "ut supra") y en pie de igualdad a ambas asociaciones (hasta en el personal de una y otra,
ver Art. 16º) y creó por tal fusión una nueva asociación civil a la que por diversas razones decidió se
denominara "Asociación Uruguaya de Football" (Arts. 6º, 8º y Prólogo).

Si se consideraran no válidos los de cualquiera de ambas también serían inválidos los de la otra, y tal
invalidez nunca se planteó y menos en tiempo y forma, habiendo expirado todo plazo para hacerlo si hubiera
existido oportunidad para ello (que no la hubo, pues de pretenderse no debió haberse franqueado por ser
irrecurrible el Laudo, pero ni siquiera se intentó a título de aclaración, usando lo permitido por el Art. 18º
del Laudo).

No puede tolerarse que a más de 90 años de dictado el fallo se pretenda desconocerlo.

El Laudo Serrato tenía por finalidad terminar con el cisma existente en el fútbol organizado en el
Uruguay, y de todo el texto del mismo, incluso hasta en el cierre, surge nítidamente que no se le daba
preeminencia alguna a una de dichas asociaciones sobre la otra. Ni fue sobre una base de desigualdad el
acuerdo arbitral ni lo fue el fallo del único árbitro elegido por las partes, árbitro que tenía además el
posicionamiento de equidistancia proveniente de su cargo de Presidente de la República.

Para el acuerdo arbitral aceptado por la asociación civil FUF y por la asociación civil AUF (ésta con la
anuencia del CNdeF, único club que decenas de años después pretende desconocer el Laudo) ni para la
designación del único árbitro, se pidió permiso a FIFA ni a la Confederación Sudamericana de Football,
por tratarse de un tema de estricto Derecho Organizativo Interno. En consecuencia era, es, absolutamente
irrelevante si una u otra estaba o no afiliada a FIFA o a la CSF, que por otra parte en nada intervinieron ni
antes, ni durante, ni después del aludido Laudo (y si lo hubieran hecho, que no lo hicieron, ninguna
asociación del fútbol uruguayo hubiera estado obligada a aceptar tal intervención). (*4)

Por otra parte, es lógico que tratándose de competencia anual cada uno de los respectivos Campeonatos
de la FUF y de la AUF en 1923 y 1924, la nueva asociación resultante del Laudo Serrato no puede numerar
como 2 Campeonatos en el mismo año (en el caso eran de período anual). Se trató de un Campeonato
Uruguayo en 1923 logrado simultáneamente en dos asociaciones paralelas, la FUF y la AUF, luego
fusionadas en la "nueva institución" (sic). Idem para los de 1924. Esto no sólo es justo, equitativo y
racional, no es nada extravagante, véase -ir a "infra" HISTORIA FUTBOLÍSTICA COMPARADA"-, que
por ejemplo en la República Argentina, oficialmente la actual "AFA" reconoce por ejemplo desde 1919 a 1926 (por situaciones similares a las ocurridas en Uruguay) 2 Campeones Argentinos por cada año, uno por la Asociación Argentina de Football y otro por la Asociación Amateur Argentina de Football.

Respecto al de 1926, es irrelevante que la "nueva asociación" que se denominaría "AUF" -aún no
existente- no lo haya computado luego entre los Campeonatos por ella organizados, pues aún no existía
(pero sí existía y existió la actividad futbolística de 1ª División en su totalidad), ni existían tampoco
individualmente la FUF y la AUF resultantes del cisma, habiendo sido fusionadas, y tal fusión, por decisión
arbitral -que a más de 90 años después es estéril intentar criticarla- tendría un interregno durante el cual,
ya fusionadas funcionarían bajo un órgano provisorio. No se le pueden buscar defectos jurídicos, se trató
de un Laudo arbitral dictado con la conformidad de todos los alcanzados por el mismo y tan eficaz fue la
solución dada ("ley entre las partes" por decisión de éstas, y así también del CNdeF), que desde aquél 9 de
octubre de 1925 hasta el presente no se repitió cisma alguno.

REALIDAD SOCIAL Y DEPORTIVA

1) Un claro elemento probatorio de que quienes estuvieron presentes en tales hechos los interpretaban
de la única forma racional posible y así lo asentaron en la documentación interna del ente responsable del
fútbol organizado en la R.O. del Uruguay, es que basándose en dicha documentación interna, el Gerente
General de la AUF, el recordado y prestigioso don Celestino Mibelli, en normal uso de sus atribuciones,
emitió una carta donde menciona la existencia de los precitados Campeonatos Uruguayos, no haciendo otra
cosa que volcar en la misma la información veraz resultante de la documentación que obraba en poder de
la AUF.

2) Pero no sólo en 1938, también en el 2000, en el ya citado libro de la AUF "100 Años de Gloria", se
ratifica la incuestionable realidad histórica, figurando, como correspondía, los Campeonatos de 1923 y de
1924 de la FUF (y también el de 1926 bajo el Consejo Provisorio, como se verá "infra", llamada *5).
Tabla de posiciones en 1923:

Y en 1924: 

3) Otro elemento, grupo de elementos, son los periódicos y revistas de la época, donde nadie discutía
quienes habían obtenido los torneos y cuáles Campeonatos se habían disputado.

 
Revista argentina "El Gráfico" Nº 353, del 10/04/26 La Razón 21/12/1926

4) Y tan veraz era quiénes y cuáles Campeonatos habían obtenido, que la única información valedera
que surgía de todos los ámbitos era coincidente y así recogida no sólo por todos los medios de información
del país, sino también del extranjero. Véase por ejemplo la página de la revista "El Gráfico" reproducida
precedentemente (diciendo "Peñarol se clasificó, a principios de 1925, Campeón Uruguayo (de la
Federación) de 1924"; y la reproducción facsimilar del "Anuario del Football Argentino" de 1940, a fs. 127
y 128 de la 2ª edición de "1891: La Fundación". Agregamos que los rótulos no determinan contenidos, debe
estarse a éstos: en el caso la denominación "Copa" se usa como sinónimo de "Campeonato" y así comienza
el texto: "El campeonato de..."-).

(Imágenes a fs. 127 y 128 de "1891: La Fundación", del mismo autor del presente, 2ª edición ampliada, 2014)

ACERCA DE LA NUMERACIÓN DE CADA CAMPEONATO
(1) QUE EL DEL 2022 HAYA SIDO NUMERADO POR LA ACTUAL "AUF" COMO 119º NO
IMPLICA QUE SÓLO SE HAYAN DISPUTADO 119 CAMPEONATOS PRINCIPALES DE
DURACIÓN ANUAL O SIMILAR EN EL FÚTBOL ORGANIZADO DE 1ª DIVISION EN LA R.
O. DEL URUGUAY.

Se ha dicho que si se suman los Campeonatos Uruguayos de todos los Clubes ganadores del
mismo hay más Campeones que Campeonatos organizados por la AUF. Y esto es cierto si se
piensa con las bases de análisis profundamente erróneas y obviamente falseadas sobre las que se
elabora tal conteo.

Efectivamente, no se trata de "Campeonatos organizados por la AUF" sino de "Campeonatos
de 1ª División del Fútbol Organizado en la R. O. del Uruguay". La actual "AUF" parece no
computar, aunque debería hacerlo estableciendo la aclaración pertinente, como se hace por ejemplo en la "Asociación del Fútbol Argentino" -véase infra- el disputado bajo la organización del
Consejo Provisorio durante 1926, dado que si bien se trató del único torneo disputado íntegramente
entre Clubes de 1ª División -así lo eran por determinación inapelable del Laudo Serrato-, no figuró
como organizador del mismo la "nueva institución" (sic) que por dicho Laudo iniciaría su actividad recién en 1927. Pero el Consejo Provisorio, como máxima y única autoridad del fútbol organizado
en el país, decidió en uso de sus legítimas atribuciones, que los clubes que ya integraban la 1ª
División de la "nueva asociación" disputaran (y lo hicieron todos dichos "Clubs", no valiendo
obviamente el pueril argumento recientemente esgrimido de que el CNdeF no se presentó a los
dos últimos partidos, que no lo hizo pues ya no tenía chance alguna de campeonar) un campeonato
a dos ruedas igual que los precedentes, que fué el único en el país de los clubes que por el Laudo
ya integraban desde éste la 1ª División, y se realizó íntegramente en el período anual 1926.

Sólo acá, y por obvios intereses mezquinos, se arguye por unos pocos, con deplorable eco en
periodistas desinformados o interesados en acompañar tales intenciones, y se pretende desconocer
la variabilidad acaecida en la organización del fútbol en sus inicios -desconocimiento que en
ninguna parte del mundo ocurre-, aduciendo una continuidad que jurídicamente no fue tal, pero
intentando objetar cuando no ignorar (caso, como ignoraron el Laudo Serrato) las soluciones
jurídicas dadas a los avatares fácticos.

Volvamos. Hubo tales Campeonatos a partir del primero organizado en el país que lo fue por
la "The Uruguay Association Football League" en 1900, todos los años hasta el último 2022, o sea
durante 123 períodos anuales; salvo en los siguientes años y por diversos motivos:

1904 (Guerra civil)
1925 (Año del Laudo Serrato, dejándose sin efecto los iniciados en ambas asociaciones)
1930 (Por el primer Campeonato Mundial de Fútbol disputado en Uruguay)
1948 (Por la huelga de jugadores quedó inconcluso el iniciado)

(2) NUMERACIÓN ERRÓNEA en el trofeo "Copa uruguaya".

Asimismo, se ha podido apreciar que la cantidad de Campeonatos uruguayos no se ve reflejada
en absoluto en la numeración que aparece en el trofeo del título.

Además del de 1926, no están incluídos los de 1925 y 1948, ambos iniciados y no concluídos
pero que existieron como tales y consecuentemente deberían ser computados.

Obsérvese que si el correspondiente por ejemplo a 1948 era (dejando de lado para este ejemplo
las omisiones anteriores) el número 45, en 1949 para ser el 45 por no haberse concluido el anterior,
debió tomarse en cuenta el puntaje hecho en el inconcluso 45, y no se hizo, por lo cual el 45 existió
y aunque no concluyó, ese número no correspondería atribuírlo al siguiente, pero en el conteo
vigente a hoy se incurrió en esos errores.

Ya se dijo que es una opción válida haber computado, como lo hizo "la nueva institución"
consagrada como tal por el Laudo, como un solo campeonato anual los de 1923 y otro tanto con
los de 1924, para numerar los siguientes.

HISTORIA FUTBOLÍSTICA COMPARADA

DEMOSTRACIÓN DE 2 CAMPEONES EN IGUAL PERÍODO EN EL MISMO PAÍS.

(1) Por ejemplo en la República Argentina, con historial muy parecido al de Uruguay, donde
se aplica la lógica y la ética en perfecta armonía con lo jurídico. Véase tabla de ganadores del
principal Campeonato anual -o similar- de 1ª División, con muchos períodos donde por haber
simultáneamente dos asociaciones organizadoras, se admite la validez de los campeones de ambas.

CAMPEONES EN FUTBOL ARGENTINO según página oficial de la "AFA"
(se toma desde 1911 para evidenciar años con 2 campeones simultáneos en temporadas donde
hubo Cisma)
1911 Alumni
1912 (Asociación Argentina de Football) Quilmes
1912 (Federación Argentina de Football) Porteño
1913 (Asociación Argentina de Football) Racing Club
1913 (Federación Argentina de Football) Estudiantes de La Plata
1914 (Asociación Argentina de Football) Racing Club
1914 (Federación Argentina de Football) Porteño
1915 Racing Club
1916 Racing Club
1917 Racing Club
1918 Racing Club
1919 (Asociación Argentina de Football) Boca Juniors
1919 (Asociación Amateur Argentina de Football) Racing Club
1920 (Asociación Argentina de Football) Boca Juniors
1920 (Asociación Amateur Argentina de Football) River Plate
1921 (Asociación Argentina de Football) Huracán
1921 (Asociación Amateur Argentina de Football) Racing Club
1922 (Asociación Argentina de Football) Huracán
1922 (Asociación Amateur Argentina de Football) Independiente
1923 (Asociación Argentina de Football) Boca Juniors
1923 (Asociación Amateur Argentina de Football) San Lorenzo de Almagro
1924 (Asociación Argentina de Football) Boca Juniors
1924 (Asociación Amateur Argentina de Football) San Lorenzo de Almagro
1925 (Asociación Argentina de Football) Huracán
1925 (Asociación Amateur Argentina de Football) Racing Club
1926 (Asociación Argentina de Football) Boca Juniors
1926 (Asociación Amateur Argentina de Football) Independiente
1927 San Lorenzo de Almagro
1928 Huracán
1929 Gimnasia y Esgrima La
Plata
1930 Boca Juniors
1931 (Asociación Argentina de Football) Estudiantil Porteño
1932 (Asociación Argentina de Football) Sportivo Barracas
1933 (Asociación Argentina de Football) Sportivo Dock Sud
1934 (Asociación Argentina de Football) Estudiantil Porteño
Profesionalismo
Desde 1931
Temporada Campeón
1931 (Liga Argentina de Football) Boca Juniors
1932 (Liga Argentina de Football) River Plate
1933 (Liga Argentina de Football) San Lorenzo de Almagro
1934 (Liga Argentina de Football) Boca Juniors

(2) Con otras complejidades, la actual Federación de Fútbol de Chile ha reconocido los
Campeonatos de 1941 y 1942 del Club de Deportes Santiago Wanderers de Valparaíso (*6).


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LLAMADA del Capítulo I:

(*1) Texto extraído del "Libro de Oro - Centenario 1891-1991 / Club Atlético Peñarol" editado en 1991
por "La Mañana" y "El Diario", pág. 132):

"De la "Memoria y Balance ejercicio 1921-1922" surgen estos antecedentes bajo el título "La cuestión
internacional". "Merece párrafo aparte por la trascendencia que pudiera traer en el año se inicia, la
cuestión internacional, o sea lo relativo a nuestras actitudes frente al conflicto argentino. La Directiva de
Peñarol, en un principio, entendió -y a esa norma ajustó su conducta el delegado ante la asociación- que
no debía promoverse querella con nadie y debía dejarse pasar el tiempo hasta ver si era posible un
acercamiento de las partes en pugna -Asociación Argentina y Amateurs- antes de llegar a la hora de los
partidos internacionales; y acaso por eso, fue designado, conjuntamente con el Presidente de la Asociación,
señor Peyrou, para gestionar en Buenos Aires, de acuerdo con una fórmula en que había colaborado
decisivamente el señor Sosa, y que debía servir de regla fundamental de conducta a nuestras autoridades
superiores del football, consistente en obtener la constitución de un Comité o Consejo, compuesto de
neutrales y delegados de las corporaciones en conflicto, encargado de todo lo relativo a los partidos
internacionales, sin preocuparse para nada de las cuestiones internas que separaban a amateurs y
asociacionistas y respetando el funcionamiento paralelo de ambas entidades en cuanto se refiriera al
football dentro de la Argentina.

Las gestiones fracasaron, porque mientras los Amateurs aceptaban la fórmula propuesta, la Asociación
Argentina quería la fusión inmediata o una garantía de que se iría luego a la fusión de las dos instituciones.
Aproximándose la fecha del Campeonato Sudamericano, nuestra Asociación decidió subordinar su
intervención en dicho torneo a la decisión del Congreso que debía reunirse con motivo del Certamen o
especialmente también a pedido de Chile. El Congreso debió tratar el conflicto argentino y la Asociación
Uruguaya se sometería a lo que resolviera. El Congreso se reunió pero no trató el asunto, porque la
delegación Uruguaya consideró que podría prescindirse de él, desde que había logrado avenir a la
Asociación Argentina y a la de Amateurs en un acuerdo sobre una base de un Comité de Emergencia,
encargado de las relaciones internacionales, aunque sin intervención en el Campeonato Sudamericano, en
que sólo actuaría la Asociación Argentina.

Fue un error de nuestra delegación, sólo justificable a posteriori, por no haber sido desautorizada por
nuestra Asociación que asintió con su silencio, aún a despecho de clarísimas y terminantes disposiciones
adoptadas antes. Ese error se ha complicado y agravado por los hechos ulteriores, pues ni el Comité de
Emergencia se ha constituido en realidad, ni la Asociación Argentina -tan altruista y dadivosa de su
afiliación, cuando le convenía jugar partidos internacionales para sostenerse- ha procedido con la
consecuencia debida a sus palabras y a sus actos más notorios. Llegando hasta a desafiliar a los Amateurs
en los primeros días de este mes, al anunciarse el partido de beneficencia en Buenos Aires. Su actitud
ulterior es aún más francamente antipática y utilitaria.

Con ella, sólo se tiende a sembrar cizaña en nuestro football, atisbando un momento propicio para crear
entre nosotros pugnas capaces de quebrar nuestra unidad necesaria y patriótica. Política mañosa y
contradictoria, la de la Asociación Argentina, no puede ser admitida o estimulada con nuestra cobardía o
con nuestra indecisión. Debemos hacernos valer y hacernos respetar; debemos recuperar nuestra
personería moral e internacional de una vez, dando una lección de firmeza a quienes cambian de opinión
y de actitudes cuando los conviene, en virtud exclusivamente de sus intereses o de sus egoísmos. La
Asociación Argentina niega a los Amateurs el derecho de usar una afiliación que le ha dado, invocando el
no cumplimiento del convenio que creó el Comité de Emergencia.

¿Puede admitirse esa conducta cuando la constitución del Comité se ha demorado por culpa de la
Asociación, desde luego, y además reunidos los delegados de Amateurs y asociacionistas a fines de
diciembre, convinieron prorrogar el plazo de acuerdo, que importa afiliación de los Amateurs, dentro de
fechas determinadas que no habían llegado cuando se produjo el hecho de principios de enero, concertado ya el partido entre ocho clubes uruguayos y los Amateurs en beneficio de la Liga Argentina contra el cáncer?

Si el Comité de Emergencia no se ha constituido todavía, ¿se había constituido cuando la Asociación vino
y jugó el Club Lito con Huracán y cuando se disputó el Campeonato Río de la Plata en Buenos Aires, entre
Nacional y Boca Juniors?

La Asociación ha resuelto, con fecha 15 de noviembre, considerar todas las resoluciones anteriores sobre
neutralidad pasiva y teniendo en cuenta situaciones de hecho que nos habían llevado a jugar el Campeonato
Sud Americano con la Asociación Argentina y diversos partidos entre combinados internacionales y entre
Clubes de ambas riberas del Plata, autorizar todos los encuentros internacionales ulteriores, mientras no
se constituyera el Comité de Emergencia. Pues bien: esa resolución no ha sido reconsiderada y anulada.

Está en pie, y no es la Asociación Argentina, después de usufructuar tal decisión a su favor, que puede
erigirse en detentadora de nuestra autonomía para impedirnos cumplir una resolución legítima de
neutralidad activa que a nadie perjudica, y favorece, en cambio, las relaciones del football en el Río de la
Plata.

Por eso, la Directiva del Club Peñarol, respetuosa de sus deberes disciplinarios e inaccesibles a tutelajes
deprimentes de entidades ajenas que carecen de autoridad para mandar en casa ajena a su arbitrio, acordó
después de someter su actitud democrática y libérrima a la deliberación de la Asamblea de socios realizada
el 16 del corriente mes, prestar su concurso al partido de beneficencia jugado brillantemente el 22 en
Buenos Aires con un combinado de los Amateurs. Nada tiene, por ello, que reprocharse y espera tranquila
el desarrollo de los sucesos, en la seguridad de que su actitud definirá rumbos de franca reacción contra
prácticas, suspicacias e indecisiones que habían colocado a nuestro football en un plano de subordinación
y de vasallaje incompatible con nuestra dignidad y con nuestros fueros respecto de la Asociación Argentina,
en notoria bancarrota moral y material."

LLAMADA del Capítulo II:

(*2): Código Civil:

Art. 17. Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu. Pero bien se puede, para interpretar una expresión oscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma o en la historia fidedigna de su sanción.

Art. 18. Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.

Art. 19. Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte; a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso.

Art. 20. El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

LLAMADAS del Capítulo IV:

(*3) Es insostenible decir que sólo si se disputa la "Copa Uruguaya" se trata de un Campeonato Uruguayo.

A un campeonato puede denominársele "copa" si un trofeo de esa característica es lo que está en juego, la inversa no es correcta, no es aceptable llamar "campeonato" a la "copa" como trofeo. Debe distinguirse entre lo que es "Copa Uruguaya" (se refiere al trofeo en sí, actualmente hasta hay una que se denomina "Copa Coca Cola") que se disputaba en tales y cuales Campeonatos Uruguayos, y cuya adjudicación en propiedad dependía de la cantidad de veces que se obtuviera temporalmente tal Copa en tales Campeonatos Uruguayos, y lo que es en sí el Campeonato de 1ª División del Fútbol en la R. O. del Uruguay, o sea Campeonato del Uruguay, o sea Campeonato Uruguayo, que se disputa en un año o temporada determinados, con prescindencia de la Copa que como trofeo se otorgue al club ganador. ¡No podría entregarse en propiedad el "Campeonato Uruguayo" a un Club por haberlo obtenido tantas o cuantas veces, se le entrega en propiedad el trofeo!

(*4) Véase: Nunca se consultó y menos se pidió autorización alguna a CSF o FIFA para proclamar al campeón de cada torneo interno ni para modificar la forma de disputa de los Campeonatos ("Honor", "Competencia", "Liguilla", "Apertura", "Clausura", "Liga Mayor", etc., etc. ni siquiera para los mecanismos de clasificación a las Copas internacionales), ni la Conmebol a la FIFA para la "Libertadores", "Conmebol", "Sudamericana", etc., pues todo ello pertenece, incuestionablemente, al "derecho organizativo interno", privativo de la asociación de cada país, o en el caso, de las asociaciones regionales (ejemplo CSF).

(*5) El logrado bajo la égida del "Consejo Provisorio" es igualmente válido, obviamente no obtenido dentro de la nueva asociación creada por el Laudo Serrato, dado que por expresa indicación de éste, dicha nueva institución comenzaría a actuar en 1927 luego de realizados durante 1926 los Campeonatos Clasificatorios ordenados por dicho Laudo (Arts. 6º, 7º y 8º).

El Consejo Provisorio podía dentro de sus facultades no sólo representar internacionalmente al fútbol organizado existente en la R.O. del Uruguay (Art.9º), sino también organizar como lo hizo, un Campeonato entre todos los Clubes ya posicionados en Primera División por el propio Laudo (Art. 6º), además de los obligatorios precitados Campeonatos Clasificatorios. Todos esos Clubes estaban en absoluta igualdad entre sí, como se correspondía con la finalidad e intenciones del Laudo, los de la FUF y los de la AUF resultante del cisma. (*).

Incurre en grave error quien adjudica el carácter de clasificatorio al campeonato disputado bajo el nombre de "Serie A", basta la simple lectura del Laudo para apreciarlo; e igual error o falsedad es decir que los torneos disputados bajo las denominaciones de "Serie A" y de "Serie B" integraban un mismo campeonato. Mientras que por el Laudo el que se disputó bajo el nombre de "Serie B" era obligatorio y clasificatorio, el disputado como "Serie A" fue creado por el Consejo Provisorio en el ámbito de sus facultades emergentes del Laudo y sólo para los Clubes que por éste ya integraban la 1ª División del fútbol organizado y hubieran quedado sin actividad de no crearse tal campeonato, que fue el único en ese año entre todos los Clubes de 1ª División existentes -ningún otro Club la integraba en ese año 1926 al fijarse la disputa de ambos torneos- por decisión del árbitro y por ende es absolutamente insostenible pensar en una especie de "final" entre los ganadores de cada torneo denominado "Serie" -que por otra parte, nunca en aquéllos días se discutió hacer ni se reclamó se hiciera-.

Y el Consejo Provisorio, en uso de sus atribuciones, hizo que se jugara tal Campeonato, que se disputó íntegramente entre todos los Clubes de 1ª División determinados por el Laudo Serrato, bajo las reglamentaciones aceptadas por tal Consejo y por todos los Clubes participantes, siendo por lo tanto un Campeonato, el único disputado completo y a dos ruedas en 1926 con todos los Clubes de 1ª División del fútbol organizado en la R.O. del Uruguay, y así un Campeonato Uruguayo en el que participó, obviamente, el CNdeF sin reserva alguna. Que como se dijo en algún momento, este Club decidiera no disputar los 2 últimos partidos, eso no le quita validez al torneo, como no le quitó al que obtuvo dicho Club cuando Defensor no se presentó a jugar nada más ni nada menos que la final, mientras que en 1926 el CNdeF ya no podía obtener el título aunque hubiera ganado esos 2 encuentros.

Asimismo, tal era la importancia en todo sentido del Campeonato organizado en 1926 por el Consejo Provisorio, que se le denominó oficialmente "Héctor R. Gómez" en homenaje al dirigente bohemio que tanto había contribuído al fútbol, no sólo a la formación de la CSF, y al cual hace pocos años se le rindió homenaje en el Museo del Fútbol ubicado en el Estadio Centenario. Y dicho ilustre dirigente lo fue del "Atlètico Wanderers" que jugó en la FUF como escisión del Montevideo Wanderers y uno de los asesores por la FUF del Ing. José Serrato durante la gestación del Laudo arbitral, al que además el Árbitro le confió la Presidencia del Consejo Provisorio.

La continuidad del fútbol organizado en este país es indiscutible como hecho social-deportivo, hecho al cual se fueron adaptando las figuras jurídicas que correspondían en cada momento. Esa indiscutible continuidad no sería tal si se desconociera la existencia del Consejo Provisorio como máximo órgano de la organización del fútbol en la R. O. del Uruguay durante el período de tiempo en que actuó, y lo hizo por decisión del Laudo Serrato (véanse Arts. 3º, 4º, 5º, 14º y 15º del mismo) aceptado sin limitación alguna por el CNdeF.

Negar tal continuidad llevaría al absurdo de negar que la actual AUF tiene sus orígenes en la fundación de "The Uruguay Association Football League" el 30 de marzo de 1900, fecha reconocida como tal universalmente, como universalmente es reconocida como fecha de Fundación del Club A. Peñarol la del 28 de setiembre de 1891 y la del Montevideo Wanderers F.C. el 15 de agosto de 1902 pese a su escisión y reunión, y la del CNdeF el 14 de mayo de 1899 aunque no haya acta fundacional -actualmente eso sería inadmisible- y no exista documentación probatoria de tal fecha.

Es innegable entonces que el Campeonato de 1926 fue un Campeonato de Uruguay, independientemente del nombre del órgano que rigiera la actividad del fútbol de 1ª División organizado en el territorio de la R. O. del Uruguay; especialmente además por ser tal órgano creado por un fallo arbitral al cual se habían sometido voluntaria e íntegramente las dos asociaciones resultantes del cisma, y con el consentimiento pleno del CNdeF como integrante de una de tales asociaciones civiles, tan pleno como el del CAP.

Y por todo eso es que en el ya aludido libro conmemorativo de 100 años del fútbol organizado en el país, figura, como correspondía, dicho Campeonato de 1ª División que por ser el único entre clubes que por el Laudo incuestionablemente y sin necesidad de torneo clasificatorio alguno integraban la 1ª División y por disputarse en Uruguay, es un Campeonato uruguayo.

(6) Dicho Club chileno fue fundado el 15 de agosto de 1892, iguales día y mes pero exactamente una década antes que el Montevideo Wanderers F.C.: y es aquél por lo tanto uno de los primeros clubes "criollos" del continente.

(*) Ampliemos: En cuanto a la remisión en el Laudo a artículos reglamentarios de la Asociación Uruguaya de Football, ésta no quita un ápice a la igualdad entre la Federación y la Asociación que quedó luego del cisma en 1922, pues entre 1900 que se funda la entonces "League" y 1922, se gestaron dichos reglamentos cuando la integraban los principales clubes que se separaron en 1922 y cuando no existía ni la Federación ni la Asociación resultante del cisma; y fue asesorado por miembros de ambas asociaciones y concordaron en eso.

En Montevideo, a 11 de noviembre de 2022.

Documentos asociados:


FUF-CentenarioCreación-Comisión de Historia CAP.pdf

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